IGNORA PREGUNTAS DEL RECURSO PRESENTADO
La Defensora del Pueblo deja desamparados a los ciudadanos ante la Ley Cifuentes
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha resuelto no interponer recurso alguno contra la conocida como Ley Cifuentes LGTBI, como pedía más de un centenar de asociaciones, y justifica la discriminación positiva hacia este colectivo.
Gaceta.es
Jueves, 17. Noviembre 2016 - 11:25
Había recibido dos escritos. Los dos solicitaban la interposición de unrecurso de Inconstitucionalidad sobre la conocida como Ley Cifuentes -de nombre oficial Ley de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual- por considerar que ésta vulneraba derechos fundamentales recogidos en la Carta Magna y que excedía las competencias de una Comunidad Autónoma.
Apenas una semana después de la recepción de los textos, laDefensora del Pueblo, Soledad Becerril, resuelve no interponer recurso alguno y justifica la discriminación positiva que la Ley recoge en favor del colectivo LGTBI, si bien, eso sí, no cita ningún caso de desigualdad con el colectivo , ni razón objetiva alguna que pudieran sustentar dicha discriminación positiva.
Mientras, deja sin contestar cuestiones referidas a las vulneraciones constitucionales alegadas en los textos.
Así lo señalan las asociaciones -casi un centenar de entidades civiles, docentes, jurídicas, feministas y sanitarias- autoras de la petición de recurso, que lamentan que “vulneraciones tan importantes como el derecho a la integridad física y moral; el derecho a la salud o a la presunción de inocencia - “no existe argumentación alguno del porqué de la inversión de la carga de la prueba”, queden sin una respuesta.
Hay más cuestiones que ha obviado la Defensora: “El deber de prestar asistencia de todo tipo a los hijos; el derecho a la libertad de expresión; el principio de legalidad y tipicidad de las infracciones y sanciones administrativas, el derecho de asociación o derecho a la objeción de conciencia o el derecho a la libre autonomía del paciente”. ¿Por qué esta ley prohíbe que una persona LGTBI que ha decidido libremente su orientación sexual pueda a su vez acudir libremente y por su propia decisión a un especialista para someterse a una terapia de aversión o conversión? No hay respuesta.
“Lo más llamativo en la respuesta de la citada institución -señalan las asociaciones firmantes- es que la Defensora del Pueblo admite que en la aplicación de la ley se puedan vulnerar una serie de derechos, y en lugar de evitar esa posibilidad y que el Tribunal Constitucional se pronuncie, deja desamparados a los ciudadanos y propicia que sean miles de demandas individuales las que se interpongan en defensa de los derechos y libertades”.
Así, explican que la respuesta de Becerril señala expresamente que “si en el futuro, en su aplicación práctica, se diera al precepto el sentido cuestionado, de que propone fomentar entre los alumnos una valoración positiva de determinada orientación sexual, o de cualquier manifestación o expresión de identidad de género, será deber de las autoridades competentes con el correspondiente derecho de reacción por parte de los afectados, corregir tal interpretación”.
Inhibición en la cuestión competencial
Las asociaciones firmantes lamentan que la Defensora del Pueblo haya dejado pasar la oportunidad para que el TC se pronuncie sobre una ley que presenta, a su juicio, serias taras de inconstitucionalidad y que, además, se ha dictado “fuera de las competencias de la Comunidad Autónoma”. Y es que “ante la evidente falta de competencia denunciada ante esta institución, la Defensora del Pueblo se inhibe y renuncia a ejercitar su legitimación y contesta que es el Gobierno de la Nación el que debiera plantearla”.
Enorme respaldo social
Más allá de la resolución del Defensor del Pueblo, las asociaciones firmantes aseguran sentirse “plenamente satisfechas” al haber podido elevar públicamente sus pretensiones y reconocen el “enorme respaldo social” obtenido en esta protesta colectiva contra una Ley que consideran “profundamente injusta”. Además, se felicitan de haber conseguido trasladar a la sociedad la existencia de “argumentos legales y jurisprudenciales de peso para oponerse a la aplicación de la ley, y, si llega el caso, invocar la objeción de conciencia y la amplia doctrina del TC y del TEDH para no ser sancionados por la aplicación de una Ley que entienden que discrimina y coarta la libertad de quienes no comparten la ideología de género.
http://gaceta.es/noticias/ley-homofobia-madrid-defensor-pueblo-rechaza-recurso-inconstitucionalidad-17112016-1125